Autor(a): Lilia Ramírez Varela
Que ni Vladimiro Montesinos ni Oscar Medelius organizaron la masiva falsificación de firmas en el año 2000, que es muy difícil encontrar peritos informáticos y por eso hace 10 meses no se puede analizar la computadora del principal implicado del caso de corrupción petrolera 2008, que no oímos en unos audios a Rómulo León asociándose para delinquir el año pasado con sus compinches... Sólo falta que en el caso de los Petroaudios se señale que León Alegría, Químper y compañía no obtuvieron ilegales ganancias de las licitaciones de pozos petroleros, que Alberto Fujimori no debe ser juzgado por la Sala Penal Especial presidida por César San Martín y que tanto aquél como Vladimiro Montesinos fueron víctimas de las circunstancias cuando acordaron la transacción de 15 millones de dólares para que el asesor se fuera del país, tranquilo y calladito, luego de la visualización de los vladivideos, por lo que no son culpables de ese acto.
Desde hace un tiempo algo extraño pasa en algunos ámbitos del Poder Judicial, especialmente en ciertas instancias jurisdiccionales y principalmente en los casos relacionados a los delitos de corrupción. ¿Por qué? Porque los que en su momento fueron graves e indignantes escándalos ahora, debido a una serie de circunstancias, aparecen (como por arte de magia) doctrinas, recursos procesales, abogados y jueces que encuentran atenuantes atendibles a lo que parecía un descabellado plan de corrupción, hechos por los cuales la ciudadanía exigía la más dura sanción.
Esta semana se dio a conocer un grave hecho: que la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema ha emitido una resolución final que excluye del delito contra la fe pública nada menos que a Oscar Medelius, Vladimiro Montesinos y otros implicados (el primero todavía no puede salir de la cárcel pues tiene otro delito (peculado) por el cual responder). Si bien esperamos que esta resolución se haga pública para analizar sus fundamentos, debemos llamar la atención que, de acuerdo a la información de la prensa, lo que habría hecho la Sala Suprema es confirmar la cuestionable decisión de la Sexta Sala Penal Anticorrupción de mayo del 2007, que extendió los beneficios otorgados en la sentencia de la ahora inexistente (y anteriormente controlada) Sala de Delitos Tributarios y Aduaneros del año 2000 (El Comercio, 16/06/09).
El hecho, como hemos señalado, es grave en demasía. Si esos son los argumentos que sustentan la resolución de esta Sala Suprema, se estaría validando un fallo emitido por un órgano digitado políticamente por Montesinos (a través del ex vocal supremo provisional Alejandro Rodríguez Medrano), que en el año 2000 exculpó a todos los procesados, indicando que falsificar firmas no constituye delito de falsedad material, como tampoco delito de falsedad ideológica ni falsedad genérica.
A su vez, habría que recordar que en el año 2003 una resolución que también validaba la ilegal sentencia de la Sala de Delitos Tributarios y Aduaneros fue declarada nula, después de un escándalo mayúsculo que originó incluso el primer mensaje a la nación de un Presidente del Poder Judicial, Hugo Sivina. En dicho fallo anulado intervenía, por cierto, el ahora presidente de la Corte Superior de Lima, César Vega Vega (resolución del 23 de julio del 2003. Recurso de nulidad N° 4697-2001. Incidente de excepción de naturaleza de acción, promovido por Alejandro Navarrete Santillán y otros. Sala que resolvió: Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema. Magistrados integrantes de la Sala: Gonzáles Campos, Vega Vega, Saavedra Parra, con voto en discordia de Valdez Roca y Alarcón Menéndez).
Por este caso y por otros más recientes, como el lento proceso del caso de los Petroaudios (ver: Petroaudios: La hoja en blanco, Revista Ideele Nº 193, junio, 2009), nos preguntamos: ¿qué está pasando con los procesos por corrupción en el Poder Judicial? ¿Por qué estos fallos? ¿Por qué esta falta de diligencia en una materia tan delicada y en causas tan emblemáticas? Ciertamente los culpables de estos fallos son los jueces que dieron esas resoluciones, no lo es todo el Poder Judicial. Sin embargo, la mala imagen que aquéllos dejan tiñe con un manto de duda la actuación de todo este aparato, pues nuevamente nos ponemos a pensar que si esto sucede con los casos más visibles, qué no pasará con los menos conocidos, donde los protagonistas son personas con menos recursos y con pocas probabilidades de conseguir un buen abogado.
Que ni Vladimiro Montesinos ni Oscar Medelius organizaron la masiva falsificación de firmas en el año 2000, que es muy difícil encontrar peritos informáticos y por eso hace 10 meses no se puede analizar la computadora del principal implicado del caso de corrupción petrolera 2008, que no oímos en unos audios a Rómulo León asociándose para delinquir el año pasado con sus compinches... Sólo falta que en el caso de los Petroaudios se señale que León Alegría, Químper y compañía no obtuvieron ilegales ganancias de las licitaciones de pozos petroleros, que Alberto Fujimori no debe ser juzgado por la Sala Penal Especial presidida por César San Martín y que tanto aquél como Vladimiro Montesinos fueron víctimas de las circunstancias cuando acordaron la transacción de 15 millones de dólares para que el asesor se fuera del país, tranquilo y calladito, luego de la visualización de los vladivideos, por lo que no son culpables de ese acto.
Desde hace un tiempo algo extraño pasa en algunos ámbitos del Poder Judicial, especialmente en ciertas instancias jurisdiccionales y principalmente en los casos relacionados a los delitos de corrupción. ¿Por qué? Porque los que en su momento fueron graves e indignantes escándalos ahora, debido a una serie de circunstancias, aparecen (como por arte de magia) doctrinas, recursos procesales, abogados y jueces que encuentran atenuantes atendibles a lo que parecía un descabellado plan de corrupción, hechos por los cuales la ciudadanía exigía la más dura sanción.
Esta semana se dio a conocer un grave hecho: que la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema ha emitido una resolución final que excluye del delito contra la fe pública nada menos que a Oscar Medelius, Vladimiro Montesinos y otros implicados (el primero todavía no puede salir de la cárcel pues tiene otro delito (peculado) por el cual responder). Si bien esperamos que esta resolución se haga pública para analizar sus fundamentos, debemos llamar la atención que, de acuerdo a la información de la prensa, lo que habría hecho la Sala Suprema es confirmar la cuestionable decisión de la Sexta Sala Penal Anticorrupción de mayo del 2007, que extendió los beneficios otorgados en la sentencia de la ahora inexistente (y anteriormente controlada) Sala de Delitos Tributarios y Aduaneros del año 2000 (El Comercio, 16/06/09).
El hecho, como hemos señalado, es grave en demasía. Si esos son los argumentos que sustentan la resolución de esta Sala Suprema, se estaría validando un fallo emitido por un órgano digitado políticamente por Montesinos (a través del ex vocal supremo provisional Alejandro Rodríguez Medrano), que en el año 2000 exculpó a todos los procesados, indicando que falsificar firmas no constituye delito de falsedad material, como tampoco delito de falsedad ideológica ni falsedad genérica.
A su vez, habría que recordar que en el año 2003 una resolución que también validaba la ilegal sentencia de la Sala de Delitos Tributarios y Aduaneros fue declarada nula, después de un escándalo mayúsculo que originó incluso el primer mensaje a la nación de un Presidente del Poder Judicial, Hugo Sivina. En dicho fallo anulado intervenía, por cierto, el ahora presidente de la Corte Superior de Lima, César Vega Vega (resolución del 23 de julio del 2003. Recurso de nulidad N° 4697-2001. Incidente de excepción de naturaleza de acción, promovido por Alejandro Navarrete Santillán y otros. Sala que resolvió: Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema. Magistrados integrantes de la Sala: Gonzáles Campos, Vega Vega, Saavedra Parra, con voto en discordia de Valdez Roca y Alarcón Menéndez).
Por este caso y por otros más recientes, como el lento proceso del caso de los Petroaudios (ver: Petroaudios: La hoja en blanco, Revista Ideele Nº 193, junio, 2009), nos preguntamos: ¿qué está pasando con los procesos por corrupción en el Poder Judicial? ¿Por qué estos fallos? ¿Por qué esta falta de diligencia en una materia tan delicada y en causas tan emblemáticas? Ciertamente los culpables de estos fallos son los jueces que dieron esas resoluciones, no lo es todo el Poder Judicial. Sin embargo, la mala imagen que aquéllos dejan tiñe con un manto de duda la actuación de todo este aparato, pues nuevamente nos ponemos a pensar que si esto sucede con los casos más visibles, qué no pasará con los menos conocidos, donde los protagonistas son personas con menos recursos y con pocas probabilidades de conseguir un buen abogado.
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