jueves, 27 de agosto de 2009

Renovación parcial del Congreso


Por Jorge del Castillo
El presidente Alan García en su mensaje de Fiestas Patrias planteó dos propuestas de modificaciones en el sistema electivo que tienen el objetivo de legitimar la política: la renovación del Congreso por mitades, a mitad del período; y la elección de Presidente Regional cuando menos con el 33% de los votos. La primera requiere una reforma constitucional y la segunda una modificación legal. Analicemos la primera.
El Plan de Gobierno del APRA planteó esta idea: “Asegurar la renovación por mitades del Congreso en el intermedio del período presidencial, sin ocasionar un mayor gasto público”. También propuso el restablecimiento de la bicameralidad, sin incrementar su presupuesto.
ANTECEDENTES
La primera Constitución de 1823 decretaba la renovación por mitad cada dos años de los diputados. Todas las demás hasta 1867 contenían la renovación parcial del Congreso, sea Diputados o Senadores, a veces por mitades, otras por tercios. En la Constitución de 1920 ya no se considera la renovación, pero se restituye en la de 1933, que habla de la renovación del Senado por tercios. En todos los casos los excluidos eran por factor suerte. En la Constitución de 1979 no se tomó en cuenta la renovación, y tampoco en la 1993.
OBJETIVOS
El Congreso ha venido reduciéndose en el aprecio ciudadano y sus niveles de aprobación resultan bajísimos y por cierto es evidente que muchos parlamentarios han perdido representatividad, alejando a la institución de la población. Evaluemos:1) La renovación a mitad del período puede significar un llamado de atención al gobernante para que corrija o afine sus políticas.
Inclusive podría afirmar sus propuestas si tiene el respaldo popular; 2) La idea es obtener una mejora cualitativa de los legisladores y una calificación política del régimen; 3) Lo que no se condice con estos objetivos y principalmente con la calificación individual del congresista, es que sea el azar el que determine su continuidad o su retiro; 4) La ciudadanía tiene el derecho de efectuar estas calificaciones con su voto, pues un simple sorteo podría terminar castigando a excelentes parlamentarios y premiando con la continuidad a los tránsfugas, corruptos o malos congresistas, frustrándose así una aspiración ciudadana.
5) No comparto la idea de que la renovación parcial extienda parlamentarios de un período presidencial al otro. Cada Presidente debe ir acompañado de su respectiva bancada oficialista y ésta podrá ampliarse o reducirse según las circunstancias políticas en la votación de renovación parlamentaria; 6) Incluso podría darse el respaldo a la misma bancada, renovándose a sus integrantes con la finalidad de castigar a la persona, pero no a la bancada; 7) El electorado puede evaluar cada dos años y medio el trabajo parlamentario, grupal o individualmente, corrigiendo el déficit de representatividad; 8) El sistema democrático se fortalece a través de un sistema de partidos y un Congreso con mayor aceptación cívica, lo que contribuye a la gobernabilidad; 9) Los partidos deben esmerarse en escoger a sus representantes y al mejorar su representación los partidos salen fortalecidos; 10) Los electores deben ser más cuidadosos en la votación, tanto del partido, como de los candidatos en caso de subsistir el voto preferencial, cuya anulación es procedente en la medida que se fortalezcan los métodos democráticos internos (procesos controlados por ONPE, cada militante un voto, padrones auditados, etc.).
MECANISMOS
Analizando la legislación comparada, encontramos diversas posibilidades, en las que prima la fórmula de la suerte en la primera renovación, pero como hemos dicho ese sistema es recusable porque no responde al interés político de renovar adecuadamente a los congresistas. Personalmente opino, coincidiendo con Javier Valle Riestra que así lo expresó en el último debate parlamentario, que la votación debería darse íntegramente a la mitad del período, así el pueblo podrá escoger adecuadamente al nuevo Congreso, apoyando o no a determinado partido y eligiendo a los candidatos de su preferencia. Los ciudadanos podrán realmente elegir y no tirar una moneda al aire. Obviamente esto regiría a partir del proceso del 2011.
REFERÉNDUM
Por la vía legislativa los caminos para la aprobación de la reforma constitucional son: 1) Aprobada por mayoría absoluta, 61 votos y ulterior referéndum; 2) Aprobación en dos legislaturas sucesivas, 81 votos. No es necesario referéndum. En caso de desaprobación, cabe recurrir al referéndum por iniciativa popular bajo padrones firmados por el 10% del electorado, aproximadamente un millón 800 mil firmas que fácilmente se lograrían en las calles. Una reciente encuesta de CPI muestra que 71.7% aprueba la reforma y solo 20.1 está en contra. Los que voten en contra en el Congreso serían los grandes perdedores

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