21 de febrero del 2008
Hoy se dio a conocer, a través de la página web del Poder Judicial (ver: Nota de prensa), que el cronograma para la implementación del Nuevo Código Procesal Penal ha sufrido una modificación: se ha adelantado la fecha para su vigencia en todo el territorio nacional, del 2013 al 2010.
Pero no es la primera vez que se modifica el cronograma. En un principio, en el año 2005, la aplicación llegaría a Lima en el 2011. Las demoras iniciales en Huaura obligaron a alargar un poco las fechas y se decidió que la fecha final sería el 2012. Finalmente, en el 2007, el cronograma fue variado por tercera vez: la aplicación sería a nivel nacional en el 2013.
¿Cuál es la lógica de esta nueva variación? El Presidente del Poder Judicial, Francisco Távara, señaló que el Presidente de la República quería adelantar la vigencia considerando el impacto favorable que ha tenido en los Distritos Judiciales de Huaura y La Libertad.
Hay mucho que decir sobre el particular.
A la fecha, no existe un balance detallado de lo ocurrido en Huaura y La Libertad. ¿Cómo se puede saber, entonces, que el impacto ha sido favorable en ambos distritos? Pero más aun, ¿cómo se puede determinar qué aspectos han ocasionado problemas y qué medidas preventivas se deben tomar en el resto de distritos judiciales? ¿Cuál es su costo y cuánto tiempo tomará adoptarlas? Son preguntas básicas que se deben responder antes de adelantar fechas.
Y no hablamos sobre la base de meras suposiciones. Justicia Viva se encuentra ad portas de publicar un balance de este tipo respecto a lo ocurrido en Huaura. Un balance elaborado por un equipo profesional sobre la base de una cantidad importante de instrumentos y fuentes que nos dan legitimidad para opinar. Nuestra conclusión es que la aplicación ha sido positiva, de eso no hay duda. Sin embargo, existe una cantidad significativa de problemas (falta de capacitación en diversos y complejos temas, falta de infraestructura, falta de difusión a los usuarios, falta de sistemas de evaluación y sistematización de información, entre otros) que, sin lugar a dudas, van a intensificarse cuando se comience a aplicar el Código en distritos más grandes, tanto territorial como demográficamente, y con mayor carga procesal.
De hecho, de la poca información que existe sobre lo que viene ocurriendo en La Libertad podemos decir que están teniendo una gran cantidad de inconvenientes que pueden poner en juego la confianza de operadores y usuarios en el nuevo sistema. ¿Se conocen estos problemas y se están tomando las precauciones del caso? ¿El cronograma ha sido modificado teniendo en cuenta el tiempo que va a demorar tener todo listo en cada distrito? ¿Se va a asignar el dinero necesario para cada distrito, teniendo en cuenta los problemas monetarios que atravesó Huaura? Más importante aun, ¿se sabe en qué se debe gastar? No lo creemos y eso preocupa.
Y un vistazo al nuevo cronograma aumenta nuestra preocupación:
Año
Distrito Judicial
2008
Primera fase: Tacna y Moquegua
Segunda Fase: Arequipa y Lambayeque
2009
Primera fase: Cañete, Ica, Tumbes y Piura
Segunda fase: Ancash, Santa, Huánuco, Pasco
Tercera fase: Loreto, Ucayalli, Madre de Dios
2010
Primera fase: Amazonas, Cajamarca y San Martín
Segunda fase: Junín, Huancavelica, Ayacucho, Apurímac, Cusco y Puno
Tercera fase: Lima, Lima Norte y Callao
Como podemos ver, el nuevo cronograma complica a muchos distritos judiciales que, en caso se hubieran estado preparando, lo habrían venido haciendo según el anterior cronograma, es decir, con más tiempo. Veamos.
A Cañete e Ica se les ha adelantado un año; Ancash y Santa, dos años y medio; Huánuco, Pasco y Madre de Dios, más de tres años; Loreto y Ucayalli, tres años. Nos preguntamos, por poner solo un ejemplo, si Huánuco tenía programado aplicar en Nuevo Código Procesal Penal en el 2012, ¿podrá hacerlo de modo adecuado a mediados del próximo año?
Reiteramos: aplicar el Nuevo Código Procesal Penal no es fácil, se trata de un cambio radical en el modo de trabajar y eso requiere preparación. Van a existir problemas que requieren prevención y acciones concretas; acciones que toman tiempo y en cuya ausencia todo se pone en riesgo. Apurar sin conocer, solo por hacer las cosas rápido, no favorece al nuevo modelo. Por ello, se necesita que el proceso de implementación del nuevo CPP sea lento pero bueno, antes que apresurado e inadecuado.
Finalmente, es oportuno advertir que para decidir esta modificación se juntaron los más altos representantes del Poder Judicial, Ministerio Público y Ministerio de Justicia, así como los representantes del Ministerio del Interior y del Ministerio de Economía. Sería muy bueno que esta disposición para reunirse y tomar decisiones respecto al devenir de la aplicación del nuevo modelo continuara a lo largo del tiempo y no sea un hecho aislado.
(Fernando Del Mastro Puccio)
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