miércoles, 27 de agosto de 2008

chocan el TC y el Congreso



Es muy lamentable el entredicho que se ha suscitado entre el Tribunal Constitucional y el Congreso, en torno a la Ley 29182 o Ley de Justicia Militar, pero se veía venir. Es que hace años los magistrados del TC se encuentran empeñados en un esfuerzo de modernización de la justicia castrense, el mismo que es bloqueado sistemáticamente en el Congreso, cuyos miembros ceden a las presiones de las FFAA para dejar las cosas tal cual.
Con motivo de la promulgación de la Ley 29182, una serie de instituciones recurrieron ante el TC, el cual el pasado mes de junio declaró inaplicable en parte dicha ley, especialmente por su insistencia en nombrar oficiales en actividad en funciones de impartir justicia y nombrar vocales y fiscales supremos de uniforme, lo que en su momento provocó una reacción de rebeldía de la propia Corte Suprema, que se negó a aceptarlos.
Es que sería absurdo que el presidente de la Corte Suprema o el Fiscal de la Nación fuera un uniformado, posibilidad que podría darse si el TC no hubiera invalidado el articulado respectivo de la 29182, tal como lo hizo con aquel que permite el nombramiento de oficiales en actividad en el Consejo Supremo de Justicia Militar, pues existe una relación de subordinación con los altos mandos castrenses, y ello viola la autonomía que debe tener un juez.
Es debido a estos argumentos, que nos parecen irrefutables, que el TC declaró la inaplicabilidad parcial de la Ley 29182, y ahora que llegó a su fuero el primer caso de demanda de un ciudadano contra un juez militar ha dado la razón al demandante, argumentando que dicho oficial ejercía funciones judiciales sin haber sido nombrado –como lo establece la Constitución– por el CNM.
Yendo aún más lejos, el presidente del TC Carlos Mesía ha declarado que tal será la línea que seguirán todos sus fallos futuros, pues no podían contradecirse. Es decir, que todo ciudadano que presente acción en el TC contra una sentencia de la justicia castrense la ganará. Este anuncio ha sido muy mal recibido por la congresista Mercedes Cabanillas, que fue una de las autoras de la ley de justicia militar, la que argumenta que "tiene que respetarse", y que si eso implica declararse "en rebeldía" ante el TC, pues lo harán.
Ante lo cual el presidente del TC ha dicho que las resoluciones de este alto tribunal, gusten o no, son de acatamiento obligatorio por el Parlamento. Creemos que el magistrado Mesía tiene razón. No hay más que recordar el nido de corrupción y arbitrariedad que fue el CSJM durante la dictadura fujimorista para concluir que requiere una reforma. Y hay suficientes oficiales en retiro con formación jurídica como para que sean ellos los que integren el CSJM, nombrados por el CNM. Decir que con ello se busca que no exista la justicia militar no es exacto. Que exista, pero en buena y debida forma


Es muy lamentable el entredicho que se ha suscitado entre el Tribunal Constitucional y el Congreso, en torno a la Ley 29182 o Ley de Justicia Militar, pero se veía venir. Es que hace años los magistrados del TC se encuentran empeñados en un esfuerzo de modernización de la justicia castrense, el mismo que es bloqueado sistemáticamente en el Congreso, cuyos miembros ceden a las presiones de las FFAA para dejar las cosas tal cual.
Con motivo de la promulgación de la Ley 29182, una serie de instituciones recurrieron ante el TC, el cual el pasado mes de junio declaró inaplicable en parte dicha ley, especialmente por su insistencia en nombrar oficiales en actividad en funciones de impartir justicia y nombrar vocales y fiscales supremos de uniforme, lo que en su momento provocó una reacción de rebeldía de la propia Corte Suprema, que se negó a aceptarlos.
Es que sería absurdo que el presidente de la Corte Suprema o el Fiscal de la Nación fuera un uniformado, posibilidad que podría darse si el TC no hubiera invalidado el articulado respectivo de la 29182, tal como lo hizo con aquel que permite el nombramiento de oficiales en actividad en el Consejo Supremo de Justicia Militar, pues existe una relación de subordinación con los altos mandos castrenses, y ello viola la autonomía que debe tener un juez.
Es debido a estos argumentos, que nos parecen irrefutables, que el TC declaró la inaplicabilidad parcial de la Ley 29182, y ahora que llegó a su fuero el primer caso de demanda de un ciudadano contra un juez militar ha dado la razón al demandante, argumentando que dicho oficial ejercía funciones judiciales sin haber sido nombrado –como lo establece la Constitución– por el CNM.
Yendo aún más lejos, el presidente del TC Carlos Mesía ha declarado que tal será la línea que seguirán todos sus fallos futuros, pues no podían contradecirse. Es decir, que todo ciudadano que presente acción en el TC contra una sentencia de la justicia castrense la ganará. Este anuncio ha sido muy mal recibido por la congresista Mercedes Cabanillas, que fue una de las autoras de la ley de justicia militar, la que argumenta que "tiene que respetarse", y que si eso implica declararse "en rebeldía" ante el TC, pues lo harán.
Ante lo cual el presidente del TC ha dicho que las resoluciones de este alto tribunal, gusten o no, son de acatamiento obligatorio por el Parlamento. Creemos que el magistrado Mesía tiene razón. No hay más que recordar el nido de corrupción y arbitrariedad que fue el CSJM durante la dictadura fujimorista para concluir que requiere una reforma. Y hay suficientes oficiales en retiro con formación jurídica como para que sean ellos los que integren el CSJM, nombrados por el CNM. Decir que con ello se busca que no exista la justicia militar no es exacto. Que exista, pero en buena y debida forma

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