El paro agrario no existió, dijo el inexistente ministro de Agricultura. El estado de emergencia se justifica para desbloquear las vías de agricultores, afirmó el Primer Ministro, que también cree que el paro fue un fracaso.Hemos cumplido con nuestro trabajo, aseguró el ministro del Interior, que no pudo levantar los bloqueos durante los dos días del paro, pero es responsable directo de la muerte de 5 campesinos en los actos de represión. Presidente culpa a “extremistas” de la muerte de campesinos. Aldo M. considera que la reforma agraria es un robo y sembrar papa un masoquismo, a propósito del paro agrario, y pide que encarcelen a Zúñiga y Málaga.Conveagro levanta paro al final del primer día, y Enrique Málaga, presidente Junta de Usuarios señala, a mitad del segundo día, que medida fue un éxito, pero hay que concluirla para ir al diálogo. Gobierno asesino, César Lévano. La tarea es buscar una explicación del Perú a través de estas declaraciones (no textuales, pero rigurosamente ciertas). Propongo algunas conclusiones por adelantado: (a) La política agraria del invisible ministro Benavides consistente en favorecer a los agroexportadores, o sea a sí mismo, no le permite ver al 85% del agro de costa y al 95% del agro nacional, en consecuencia, el hombre y su gobierno no ven el paro ni la protesta. (b) Del Castillo también sufre trastorno bipolar: no ve paro, pero sí bloqueos; no le preocupan los agricultores huelguistas, pero militariza varias provincias.(c) Alva mata por hacer méritos. Cinco campesinos muertos porque el señor no puede comprar patrulleros ni quiere dejar el cargo. (d) García sueña con extremistas, comunistas, perros del hortelano, mediocres, comechados, etc., que no aplauden su política pro-inversiones. (e) El periodista de la nueva oligarquía, añora la vieja. (f) Los principales dirigentes del paro agrario fueron desbordados, aunque el gobierno diga que ellos incitaron a los bloqueos y enfrentamientos, y Aldo M. los quiera meter presos. Como dice Lévano, el gobierno de Alan García agregó cinco muertos a su cuenta de sangre. La ley de impunidad a los policías y militares que causen muertos y heridos en la represión de manifestaciones ha empezado a rendir sus frutos.
"La globalización cada ves avanza con mayor velocidad ,y ya casi es un hecho irreversible, el internet modifica costumbres, y urge tomar lo bueno de esto, la prensa basura peruana, no es de fiar, las Universidades, ni los entes comprometidos, permiten la aparición de una prensa libre. Por lo que no queda más que usar los medios posibles para expresarnos libremente".Este es un blog de mucha temática social.Wilmer Castillo
domingo, 24 de febrero de 2008
Opiniones sobre el paro agrario
El paro agrario no existió, dijo el inexistente ministro de Agricultura. El estado de emergencia se justifica para desbloquear las vías de agricultores, afirmó el Primer Ministro, que también cree que el paro fue un fracaso.Hemos cumplido con nuestro trabajo, aseguró el ministro del Interior, que no pudo levantar los bloqueos durante los dos días del paro, pero es responsable directo de la muerte de 5 campesinos en los actos de represión. Presidente culpa a “extremistas” de la muerte de campesinos. Aldo M. considera que la reforma agraria es un robo y sembrar papa un masoquismo, a propósito del paro agrario, y pide que encarcelen a Zúñiga y Málaga.Conveagro levanta paro al final del primer día, y Enrique Málaga, presidente Junta de Usuarios señala, a mitad del segundo día, que medida fue un éxito, pero hay que concluirla para ir al diálogo. Gobierno asesino, César Lévano. La tarea es buscar una explicación del Perú a través de estas declaraciones (no textuales, pero rigurosamente ciertas). Propongo algunas conclusiones por adelantado: (a) La política agraria del invisible ministro Benavides consistente en favorecer a los agroexportadores, o sea a sí mismo, no le permite ver al 85% del agro de costa y al 95% del agro nacional, en consecuencia, el hombre y su gobierno no ven el paro ni la protesta. (b) Del Castillo también sufre trastorno bipolar: no ve paro, pero sí bloqueos; no le preocupan los agricultores huelguistas, pero militariza varias provincias.(c) Alva mata por hacer méritos. Cinco campesinos muertos porque el señor no puede comprar patrulleros ni quiere dejar el cargo. (d) García sueña con extremistas, comunistas, perros del hortelano, mediocres, comechados, etc., que no aplauden su política pro-inversiones. (e) El periodista de la nueva oligarquía, añora la vieja. (f) Los principales dirigentes del paro agrario fueron desbordados, aunque el gobierno diga que ellos incitaron a los bloqueos y enfrentamientos, y Aldo M. los quiera meter presos. Como dice Lévano, el gobierno de Alan García agregó cinco muertos a su cuenta de sangre. La ley de impunidad a los policías y militares que causen muertos y heridos en la represión de manifestaciones ha empezado a rendir sus frutos.
yo estube cerca de Bush
Ahora que dicen abra mas de 4000 francotiradores listos para disparar o inmolarse ante quienes atenten contra la vida de los los "ilustres visitantes " que tendra el Perú con motivos del Apec 2008 no puedo decirme a mi mismo como pude dejar pasar a Bush si lo tuve tan cerca. Creo q la historia me puso ahi y nada hice.
corria el 2002 yo radicaba en pueblo libre cuando sali habia guardias por todas las calles de mi siempre tranquilo Santiago Wagner #2860 cuando aparecio una impresionante carabana de vehiculos doble traccion como 40 y sin contar los de la policia y ahi aparecieron dos limosinas una tras otra dificil pensar donde iba Bush.
nada me impidia tirar una bomba si la tenia y kizas hubiese eliminado tantas muertes en Irak dificil pensar que tuve cerca a ese miserable y genocida hitleriano lo tuve cerca y estuve desarmado...
La hora de Raúl

Hoy sería elegido Presidente de Cuba. Lleva medio siglo en la sombra del poder. Dirigía el ejército, pero sobre todo protegía las espaldas de su hermano mayor. Ahora deberá reemplazarlo. Los historiadores no han sido generosos con él. Su pasado está lleno de intrigas y componendas, pero esta semana algunos analistas han destacado su pragmatismo económico y las señales de cambio político que ha lanzado desde que el patriarca cayó enfermo.
Por Jorge Loayza
El otro castro. El momento más importante en la vida política de Raúl Castro ha llegado.
Los papeles parecen haberse trocado. Raúl deja la segunda línea a la que lo relegó su hermano para asumir ahora, al cabo de casi medio siglo, el rol protagónico de la política en su país. Fidel le ha entregado la posta y ahora sólo se pronunciará desde la sombra a través de las páginas de Granma. Durante décadas Raúl Castro ha sido calificado por muchos como el puño izquierdo de su hermano mayor, el todopoderoso Fidel. Para algunos, sin embargo, Raúl no es más que un tipo campechano y querendón, que tuvo que ponerse el uniforme de malo sólo porque la historia lo colocó detrás del líder. En sus primeros años esa posición le mereció el apodo de "Raúl, el terrible".
El poder de Raúl Castro nació del fusil. Junto a Fidel participó en la insurrección armada contra la dictadura de Fulgencio Batista. El 26 de julio de 1953, en el fallido asalto al cuartel Moncada, ambos serían detenidos y posteriormente amnistiados. Exiliado en México, y siendo militante de la Juventud Comunista Cubana, Raúl conoció a Ernesto ‘Che’ Guevara y lo presentó a Fidel. Poco después, por orden de su hermano, fundó el Segundo Frente Oriental "Frank País" para intentar la segunda y definitiva incursión sobre la isla, entonces convertida en una suerte de centro de diversiones nocturnas del poder norteamericano.
Fue en esos años que conoció a Vilma Espín, la hija de un próspero fabricante de ron, con estudios en Estados Unidos, pero que terminó convirtiéndose en guerrillera y finalmente se casó con él. Los historiadores coinciden en que después del triunfo de la Revolución, mientras Fidel festejaba y pronunciaba encendidos discursos, Raúl –ya sin barba y con una expresión inofensiva en el rostro– ordenaba la ejecución de cientos de seguidores de Batista. Nombrado ministro de Defensa a los 28 años de edad, Raúl fue el organizador del nuevo ejército cubano, un numeroso y muy bien preparado cuerpo militar que en un principio tenía por misión defender la isla de una probable invasión norteamericana, pero que luego fue enviado a diversas misiones en África para apoyar militarmente procesos insurgentes que contaban con el respaldo de Moscú.
En esos primeros años de la revolución la posición prosoviética de Raúl era muy marcada. En su libro "Retrato de familia con Fidel", el disidente y escritor Carlos Franqui –quien había dirigido el periódico "Revolución"– cuenta que en una discusión con Raúl Castro, este lo acusó de ser antisoviético y prochino. Franqui, efectivamente, sentía repulsión por la URSS, pero lo que le respondió a Raúl desató en él algo más que enojo. Le dijo que quienes dirigían la revolución se habían vuelto tan dictadores como Batista. Entonces Raúl perdió el control y le dijo: "¡Yo te fusilo! ¡Te fusilo!".
RAÚL, EL MENOR
Raúl Castro tuvo que esperar 49 años para que su hermano le transfiriera el poder definitivamente. En 2001 Fidel declaró que Raúl "es el camarada que tiene la mayor autoridad después de mí y la mejor experiencia. También posee todas las cualidades para sucederme". Sus críticos, sin embargo, afirman que Raúl nada tiene ver con Fidel: es un mal orador y carece del carisma de su hermano.
Raúl es "el primer bolchevique de América". Así le gusta que lo llamen entre amigos. Norberto Fuentes, escritor y periodista cubano ahora disidente pero que durante varias décadas fue amigo y colaborador de Fidel Castro, ha relatado aspectos poco conocidos de la vida de los hermanos en el poder.
Ayer y hoy. Arriba, Raúl Castro y Ernesto Guevara tras el triunfo de la revolución. Abajo, ahora a Raúl le conviene estar más cerca de Lula que de Hugo Chávez.
Fuentes ha escrito de Raúl: "Cuando no lleva atuendo militar, sabe vestir sin ostentación, pero con suma elegancia, y prefiere las ropas de color beige. El lujo de la única joya que se permite es un Rolex Oyster de oro. Este es, pues, el hombre de presencia ligera, dado a las bromas y a disfrutar de las largas veladas que propicia la gracia de ser un buen bebedor, muy de acuerdo a su estilo bolchevique, y al que he visto tomar decisiones de jefe de Estado, implícitas de frialdad y rapidez ejecutiva, sin que le hayan hecho temblar las manos".
Fuentes también ha recordado una ocurrencia de Raúl durante una reunión privada junto al vicepresidente Carlos Lage y su ayudante, Alcibíades Hidalgo: "¿Ustedes se imaginan, caballeros, qué pasaría en este país si a Fidel le da un infarto y a mí me da otro al recibir la noticia?". Nadie se atrevió a responder.
Brian Latell, ex analista de la CIA especializado en Cuba, escribió en su libro "The Inside Story of Castro’s Regime and Cuba’s Next Leader" que probablemente Fidel no se hubiera mantenido tanto tiempo en el poder si no hubiera sido por Raúl. ‘’Me di cuenta de que Raúl era el único aliado verdaderamente indispensable de su hermano y que su brillante dirección de las fuerzas armadas aseguró la revolución’’, escribió. Tal vez por eso siempre quiso que le pisara los talones en varios cargos: primer vicepresidente del Consejo de Estado (Gobierno), segundo secretario del Partido Comunista y ministro de Defensa.
Ahora sería difícil que a Raúl le dé un infarto al enterarse de una posible muerte repentina de su hermano mayor. Cuando en julio del 2006 Fidel le prestó el poder, algunos analistas vaticinaron que bajo su mando Cuba tomaría medidas económicas que recordarían el viraje económico dado por China tras la muerte de Mao Tse Tung. Es decir, abrir lenta y paulatinamente la economía, pero conservar el régimen político autoritario de partido único.
En su libro "La Hora Final de Castro", el periodista Andrés Oppenheimer señala que en 1989 Raúl Castro desplegó una despiadada campaña de intrigas contra un grupo de militares, entre ellos el general Arnaldo Ochoa, que proponían una apertura política y económica, y empezaban a cuestionar las decisiones de Fidel Castro. Ochoa, por ejemplo, quien luego sería condenado a muerte y ejecutado, era considerado un "perestroiko" por Raúl.
¿EL LÍDER DEL CAMBIO?
Los analistas han destacado algunas señales positivas de Raúl desde que, en julio del 2006, tomó el control de la isla. Mencionan la orden de pagar la deuda del gobierno con los pequeños agricultores y aumentar los precios que los productores reciben por la leche y la carne. Además, flexibilizó las normas de aduanas para facilitar la importación de electrodomésticos, como reproductores de DVD. Lo que más se ha destacado es el gran debate político, animado por el propio gobierno, que ha permitido a muchos por primera vez formular reclamos, señalar errores y formular propuestas de cambio.
Sin embargo, es una incógnita lo que sucederá en Cuba. Por ejemplo: ¿Cómo será su relación con la Venezuela de Chávez? Para el periodista Andrés Oppenheimer, será difícil que Cuba tome distancia de Chávez pues perdería la ayuda petrolera que ahora es indispensable para la sobrevivencia económica del socialismo cubano. Sin embargo, Oppenheimer matiza de este modo su opinión:"Pero también es cierto que Raúl Castro y los militares cubanos en especial no ven con ninguna simpatía a Chávez". Esta semana el diario Folha de Sao Paulo aseguró que Raúl Castro había solicitado el respaldo político del presidente Lula, ya que considera que podría ser un socio más conveniente que Chávez para lograr que Estados Unidos levante el bloqueo económico contra Cuba.
A la isla no han llegado noticias muy alentadoras de Estados Unidos a pesar de que Raúl ya ha mostrado voluntad por el diálogo. El subsecretario de Estado John Negroponte ha dicho que Estados Unidos no levantará en el futuro inmediato el embargo contra Cuba pese a la renuncia de Fidel Castro. En plena campaña electoral, Barack Obama ha dicho: "La renuncia de Fidel Castro es un primer paso esencial, pero no suficiente para la llegada de la libertad a Cuba’’.
La interrogante es si, con todo el poder en sus manos, Raúl será el "terrible". Norberto Fuentes escribió que Fidel descansó durante muchos años en la figura de Raúl porque hacía aparecer como que el hermano menor era el malo. "Y es algo de lo que Raúl se queja y dice ‘coño, en realidad el malo es él’".
Quienes lo conocen dicen que no es el hombre rígido e implacable que aparenta ser. Aseguran que es muy bromista, que se ha vuelto tolerante frente a las críticas y que tanto le gusta pasar una tarde al lado de sus hijos y nietos, que se enoja y reniega cuando lo interrumpen para comunicarle asuntos de Estado. En junio del año pasado no pudo evitar llorar en público durante el entierro de Vilma Espín, su esposa y ex compañera de batallas, quien llegó a presidir la Federación de Mujeres Cubanas. Ahora, una de sus hijas, Mariela, defiende los derechos de las minorías sexuales en Cuba, un tema que siempre ha sido muy espinoso en la isla.
En el 2001, Raúl Castro se refirió, ante una eventual muerte de su hermano, a la posibilidad de limar el conflicto con Estados Unidos: "Soy de los que creen que lo que le conviene al imperialismo, con todas nuestras diferencias irreconciliables, es normalizar las relaciones lo más posible en vida de Fidel". Sin él, precisó, todo sería "más difícil". En una reunión con jóvenes cubanos Raúl dijo que no es necesario pronunciar discursos largos como hace Fidel. Quizá también piense que no es necesario esperar mucho tiempo para iniciar los cambios que su hermano postergó demasiado tiempo.
sábado, 23 de febrero de 2008
7 ensayos, una visión
El ensayista y crítico Edgar Montiel envía desde París una reflexión oportuna respecto al libro fundamental de José Carlos Mariátegui.
(1) El pintor argentino José Malanca captó esta foto, en noviembre de 1929. (2) José Carlos Mariátegui (a la izquierda) con amigos peruanos en Roma, en 1922.
Al cumplirse el 80 aniversario de la publicación de los 7 Ensayos constituye un deber de gratitud saludar el aporte de José Carlos Mariátegui al entendimiento de nuestra realidad material y cultural como nación, así como a las alternativas que en su momento propuso. Reconocimiento no tanto a la certeza de sus diagnósticos o a la justeza de sus alternativas como a la pertinencia de su contribución intelectual a ese esfuerzo por hacer inteligible la realidad nacional en su diversidad y sus problemas.
La producción de conocimientos es una práctica colectiva, que cuenta con actores individuales y sociales, que son complementarios. Una teoría o una interpretación no es el resultado de una sola inteligencia, por mas lúcida que ésta sea, ni pretende ser perenne, sino que su formulación se inscribe en un proceso solidario –como lo calificaba G. Bachelard- en el sentido que avanza por acumulación de saberes, en el que una idea, un concepto, ratifica o rectifica una hipótesis.
En esta construcción colectiva del conocimiento en el campo de las ciencias sociales y humanas –que es donde se debe ubicar los 7 Ensayos-, José Carlos ha jugado un papel de primer orden gracias a su creatividad y a su opción metodológica materialista. Por supuesto, la preocupación por asir una realidad histórica, geográfica y cultural compleja como la peruana, que no es lineal en nada, es un desafío que viene desde muy atrás, de modo que sin ánimo metafórico se puede asegurar que ya trabajaban en ese sentido el Inca Garcilaso, Guamán Poma, Viscardo y Guzmán, Sánchez Carrión, Vidaurre, Unanue, L.E. Valcárcel, Haya de la Torre, V.A.Belaúnde, Porras Barrenechea, Jorge Basadre etc. quienes forjaron así, generación tras generación, una tradición de pensamiento estratégico, preocupada por elaborar exámenes de la realidad para poder responder a los desafíos de sus respectivas circunstancias. Pusieron de este modo el Conocimiento al servicio de la Política –nótese las mayúsculas- como la contribución propia de los intelectuales a la construcción colectiva de la nación.
Por eso es preferible, cuando se trata de ponderar el aporte de un pensador, de hacerlo en términos de contribución a la construcción cognoscitiva, y no en términos de “vigencia” en el tiempo, como si un dispositivo teórico tuviera un “acabado” destinado a durar el mayor tiempo posible (parcialmente aceptable para los valores estéticos, que surgen con una vocación de permanencia). Al hacer una lectura epistemológica de conjunto de los autores que hemos mencionado –se trata en realidad de actores muy comprometidos con el destino nacional-, se encuentra entre ellos visiones compartidas, ideas que se conectan, conceptos afines, propuestas que se completan, es decir que se formulan discursos “solidarios”. Es lo que me propuse mostrar en nuestra intervención en el centenario del nacimiento de J.C.Mariátegui (1994), al hacer confluir los caudales de saberes entre el Inca Garcilaso, que en plena conquista escribe sus “comentarios contra la falsificación de la realidad”, y el Amauta, que “ensaya una interpretación de la realidad” en la época republicana (1).
¿Cómo celebrar las 8 décadas de los 7 Ensayos? No debería ser la exégesis y la actitud escolástica la manera de dar un abrazo agradecido a José Carlos. Mas grato y útil sería adoptar la misma actitud que él adoptó con Gonzáles Prada: “emular al Maestro en el espíritu, no en la letra”. Y el espíritu de José Carlos fue el de la creación, la vivacidad intelectual, el interés interdisciplinario, la dimensión internacional de su reflexión, y especialmente su marcada preocupación Política por los asuntos principales de la nación.
Y al respecto, en la práctica intelectual de hoy se advierte ciertas flaquezas a superar, como la poca atención a un visión estratégica en los temas que se abordan: muchos estudios de micro-realidades que no se inscriben en una visión de conjunto, abundan diagnósticos de los problemas sociales que no aportan las propuestas remediadoras, como si estuviéramos vetados para la inventividad social y política. En estos tiempos cruciales, de reordenamiento del mundo global, se requiere privilegiar un pensamiento estratégico para poder responder a los nuevos desafíos : cómo integrar la economía peruana a la global, con qué principios defender el interés nacional al negociar los recursos metálicos y energéticos del país, de qué manera proteger y explotar la vasta biodiversidad que nos brinda la naturaleza, cómo movilizar las fuerzas creadoras de la sociedad para hacer que el desarrollo no sea un asunto de cúpulas o burocracias, en qué sentido reformar la educación básica y superior para conformar una sociedad del conocimiento, qué nuevas estrategias promover para vencer a la pobreza, cómo reinventar la política y la democracia en el país para responder a la realidad intercultural. Ante un pensamiento anémico de propuestas, de espalda a las prioridades del país, necesitamos promover un pensamiento estratégico que sepa distinguir lo esencial de lo accesorio y nos proponga vías innovadoras que responda a los intereses mayoritarios (2)
Ante los desafíos de su época, José Carlos supo ser innovador en sus métodos y proposiciones. Hoy, que las nuevas generaciones lean al Amauta con esmero, sin rigideces, en un dialogo crítico, creativo y de construcción de futuro, pues no se trata de un ejercicio recitativo. Nos toca a las actuales generaciones emular su actitud creadora para brindar nuestras propias respuestas a los desafíos que nos acechan hoy en día.
Lima/París, enero 2008
(1) Texto incluido en El humanismo americano. Filosofía de una comunidad de naciones. FCE Lima 2000
(2) Al respecto ver: Edgar Montiel Gobernar es saber. Formar hombres y mujeres de Estado para la nación. FCE Lima 2006
Edgar Montiel
Colaborador
(1) El pintor argentino José Malanca captó esta foto, en noviembre de 1929. (2) José Carlos Mariátegui (a la izquierda) con amigos peruanos en Roma, en 1922.
Al cumplirse el 80 aniversario de la publicación de los 7 Ensayos constituye un deber de gratitud saludar el aporte de José Carlos Mariátegui al entendimiento de nuestra realidad material y cultural como nación, así como a las alternativas que en su momento propuso. Reconocimiento no tanto a la certeza de sus diagnósticos o a la justeza de sus alternativas como a la pertinencia de su contribución intelectual a ese esfuerzo por hacer inteligible la realidad nacional en su diversidad y sus problemas.
La producción de conocimientos es una práctica colectiva, que cuenta con actores individuales y sociales, que son complementarios. Una teoría o una interpretación no es el resultado de una sola inteligencia, por mas lúcida que ésta sea, ni pretende ser perenne, sino que su formulación se inscribe en un proceso solidario –como lo calificaba G. Bachelard- en el sentido que avanza por acumulación de saberes, en el que una idea, un concepto, ratifica o rectifica una hipótesis.
En esta construcción colectiva del conocimiento en el campo de las ciencias sociales y humanas –que es donde se debe ubicar los 7 Ensayos-, José Carlos ha jugado un papel de primer orden gracias a su creatividad y a su opción metodológica materialista. Por supuesto, la preocupación por asir una realidad histórica, geográfica y cultural compleja como la peruana, que no es lineal en nada, es un desafío que viene desde muy atrás, de modo que sin ánimo metafórico se puede asegurar que ya trabajaban en ese sentido el Inca Garcilaso, Guamán Poma, Viscardo y Guzmán, Sánchez Carrión, Vidaurre, Unanue, L.E. Valcárcel, Haya de la Torre, V.A.Belaúnde, Porras Barrenechea, Jorge Basadre etc. quienes forjaron así, generación tras generación, una tradición de pensamiento estratégico, preocupada por elaborar exámenes de la realidad para poder responder a los desafíos de sus respectivas circunstancias. Pusieron de este modo el Conocimiento al servicio de la Política –nótese las mayúsculas- como la contribución propia de los intelectuales a la construcción colectiva de la nación.
Por eso es preferible, cuando se trata de ponderar el aporte de un pensador, de hacerlo en términos de contribución a la construcción cognoscitiva, y no en términos de “vigencia” en el tiempo, como si un dispositivo teórico tuviera un “acabado” destinado a durar el mayor tiempo posible (parcialmente aceptable para los valores estéticos, que surgen con una vocación de permanencia). Al hacer una lectura epistemológica de conjunto de los autores que hemos mencionado –se trata en realidad de actores muy comprometidos con el destino nacional-, se encuentra entre ellos visiones compartidas, ideas que se conectan, conceptos afines, propuestas que se completan, es decir que se formulan discursos “solidarios”. Es lo que me propuse mostrar en nuestra intervención en el centenario del nacimiento de J.C.Mariátegui (1994), al hacer confluir los caudales de saberes entre el Inca Garcilaso, que en plena conquista escribe sus “comentarios contra la falsificación de la realidad”, y el Amauta, que “ensaya una interpretación de la realidad” en la época republicana (1).
¿Cómo celebrar las 8 décadas de los 7 Ensayos? No debería ser la exégesis y la actitud escolástica la manera de dar un abrazo agradecido a José Carlos. Mas grato y útil sería adoptar la misma actitud que él adoptó con Gonzáles Prada: “emular al Maestro en el espíritu, no en la letra”. Y el espíritu de José Carlos fue el de la creación, la vivacidad intelectual, el interés interdisciplinario, la dimensión internacional de su reflexión, y especialmente su marcada preocupación Política por los asuntos principales de la nación.
Y al respecto, en la práctica intelectual de hoy se advierte ciertas flaquezas a superar, como la poca atención a un visión estratégica en los temas que se abordan: muchos estudios de micro-realidades que no se inscriben en una visión de conjunto, abundan diagnósticos de los problemas sociales que no aportan las propuestas remediadoras, como si estuviéramos vetados para la inventividad social y política. En estos tiempos cruciales, de reordenamiento del mundo global, se requiere privilegiar un pensamiento estratégico para poder responder a los nuevos desafíos : cómo integrar la economía peruana a la global, con qué principios defender el interés nacional al negociar los recursos metálicos y energéticos del país, de qué manera proteger y explotar la vasta biodiversidad que nos brinda la naturaleza, cómo movilizar las fuerzas creadoras de la sociedad para hacer que el desarrollo no sea un asunto de cúpulas o burocracias, en qué sentido reformar la educación básica y superior para conformar una sociedad del conocimiento, qué nuevas estrategias promover para vencer a la pobreza, cómo reinventar la política y la democracia en el país para responder a la realidad intercultural. Ante un pensamiento anémico de propuestas, de espalda a las prioridades del país, necesitamos promover un pensamiento estratégico que sepa distinguir lo esencial de lo accesorio y nos proponga vías innovadoras que responda a los intereses mayoritarios (2)
Ante los desafíos de su época, José Carlos supo ser innovador en sus métodos y proposiciones. Hoy, que las nuevas generaciones lean al Amauta con esmero, sin rigideces, en un dialogo crítico, creativo y de construcción de futuro, pues no se trata de un ejercicio recitativo. Nos toca a las actuales generaciones emular su actitud creadora para brindar nuestras propias respuestas a los desafíos que nos acechan hoy en día.
Lima/París, enero 2008
(1) Texto incluido en El humanismo americano. Filosofía de una comunidad de naciones. FCE Lima 2000
(2) Al respecto ver: Edgar Montiel Gobernar es saber. Formar hombres y mujeres de Estado para la nación. FCE Lima 2006
Edgar Montiel
Colaborador
olvidados en su propio pais
El Perú no sólo tiene para mostrar al mundo hermosos monumentos arquitectónicos, también puede poner en exhibición el peor trato que da a las personas de la tercera edad. Humildes ancianos que llenan los atrios de las iglesias pidiendo limosnas, o que para ganarse unos míseros soles tienen que cargar sobre sus espaldas pesados bultos, o reciclar basura expuestos a una serie de enfermedades. Rostros avejentados por la crudeza de la vida y abandonados y desprotegidos por el Estado y hasta por sus propios hijos no gozan de una pensión mínima que les permita solventar sus necesidades básicas.
En Bolivia, el presidente Evo Morales decidió dar un bono de 30 dólares a los ancianos más pobres de ese país, en el Perú, ¿por qué no? Hay dinero y Alan García nos lo recuerda todos los días hablando del crecimiento económico del país. Aunque para él sólo parecen existir los grandes inversionistas y sus gollerías. Hay que voltear la mirada. En este país no sólo hay empresarios o turistas a los cuales mostrar nuestra mejor cara, sino ancianos que trabajaron duro y que hoy se ven obligados por las circunstancias a salir a las calles para pedir al gobierno un salvavidas que les permita sobrevivir. Cuán doloroso resulta verlos.
Tarde o temprano –aunque no nos guste pensarlo– todos llegaremos a ese estado de la vida. Ni los mejores cirujanos estéticos lo podrán evitar. No sólo hay que añadir años a la vida, sino vida de calidad a los años. Todos tenemos derecho a ello.
Que es el Perú sin el Cuzco
Mirko Lauer
Calificado de anti-turístico, el paro le está ganando a los cusqueños mala prensa en varios medios. Una idea que no es nueva, pero que sigue llamando la atención, es que hay en el cuerpo social cusqueño algo de irreductible, rencoroso, irracional, y en última instancia comercialmente suicida. Como que el paro mata a una gallina de huevos de oro.
¿Es así? Los pobladores de la ciudad y la campiña del Cusco vienen acompañando un boom turístico que no es de hoy ni de ayer, sino de ya varios decenios. Un factor clave en ese despegue ha sido la amabilidad y el don de gentes de los pobladores, orgullosos y hasta contentos de ser visitados por una incesante marea de turistas.
Un grupo de cusqueños emprendedores se ha hecho rico junto a extranjeros con el turismo, un grupo más amplio ha encontrado buenos empleos en los servicios. Pero la ciudad y la región del Cusco siguen figurando prominentes en el mapa de la pobreza. Por lo que es probable que a quienes hoy marchan por las calles la bonanza ajena les sea irritante.
Es inevitable que con la historia se haya formado una suerte de formación ideológica cusqueña, hecha de una mezcla de datos firmes y leyendas urbanas. El sentimiento de despojo está muy vivo en la antigua capital del Tahuantinsuyo, y el patrimonio monumental es visto como una herencia común del pueblo sometida a la rapiña de invasores.
Los cusqueños, como buena parte del sur andino, desde hace decenios están consistentemente muy a la izquierda de la sucesión de Ejecutivos de Lima. Lo cual suele hacer de la protesta en esa zona bastante más que un pulseo por un tema concreto. Hay allí elementos de protesta histórica, étnica, cultural y regional.
Es cierto que Cusco y alrededores tienen una tradición radical que rebrota fácil y le complica la vida a los negocios. Pero también tiene una tradición comercial y hospitalaria que es parte del atractivo de la región. Como se ve en otros lugares, las piedras peladas por sí mismas no pueden crear un foco de atracción turística.
Para ponerlo de alguna manera, hay zonas que le quedan grandes a las ideas-fuerzas de la descentralización en el país. Así como la agroindustria y el resto del agro precisan lineamientos políticos y acaso hasta ministros diferentes, las zonas más intensamente turísticas requieren algo más que el pensamiento Proinversión.
La idea de castigar a los cusqueños eliminándolos del show de las cumbres está entre las más infelices de los últimos tiempos. Eso es convertir al conflicto en curso en uno de los principales protagonistas de esas cumbres. El Perú sin el Cusco definitivamente puede ser un lugar mucho más triste. De hecho es un lugar difícil de imaginar.
ES CONSTITUCIONAL LA INTERVENCIÓN DE LAS FUERZAS ARMADAS EN EL CONTROL DEL ORDEN INTERNO, SIN ESTADO DE EMERGENCIA?

"La CVR ha constatado con pesar que los gobiernos civiles no estuvieron solos en esta concesión al uso indiscriminado de la fuerza como medio de combate contra la subversión. Por el contrario, la proclividad de dichos gobiernos a la solución militar sin control civil estuvo en consonancia con un considerable sector de la sociedad peruana. Este sector miró mayoritariamente con indiferencia o reclamó una solución rápida, dispuesta a afrontar el "costo social" que era pagado por los ciudadanos de las zonas rurales y más empobrecidas." (Conclusión general Nº 77, del Informe Final de la Comisión de la Verdad y Reconciliación).
El martes 10 de julio fue publicado en El Peruano el Decreto Supremo N° 060-2007-PCM, que dispone la intervención de las Fuerzas Armadas (FFAA) en todo el territorio nacional por un plazo de treinta (30) días calendario, en los que apoyará a la Policía Nacional a "garantizar el funcionamiento de entidades, servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de la población afectada". En ese tiempo, se señala, la Policía Nacional mantendrá el control del orden interno.
La medida del Ejecutivo, no sólo resulta cuestionable por ser desproporcionada e inconstitucional (como se desarrolla en el presente artículo), sino que además, parece repetir los errores del primer Gobierno aprista (1985-1990) cuando, al enfrentar el terrorismo que amenazaba el orden interno, optó por delegar esa función a la Fuerza Armada y no asumir su responsabilidad y conducción política. A continuación, los argumentos por los que consideramos que la medida adoptada por el Gobierno es inconstitucional, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC).
1. La medida adoptada se sustenta en un marco normativo vigente, que ha experimentado modificaciones en el tiempo y que ha pretendido regular la intervención de las Fuerzas Armadas en zonas no declaradas en Estado de Emergencia, en los siguientes supuestos:
· - Cuando se produzcan actos de terrorismo,
· - Cuando se produzcan atentados o ataques armados a entidades públicas o privadas o servicios públicos en los que se utilicen armamentos de guerra o artefactos explosivos, o
· - Cuando se descubran elementos suficientes de peligro real o inminente de su perpretación.
Además, que cualquiera de dichas situaciones sobrepase la capacidad operativa de la Policía Nacional. Consideramos que este marco legal es inconstitucional.
2. La primera norma que reguló tal intervención en zonas no declaradas en Estado de Emergencia fue el Decreto Legislativo N° 738, del año 1991. Posteriormente, este Decreto fue modificado por la Ley N° 25410 del año 1992. Luego, en el año 2004 la Ley N° 28222 modifica dicho marco legal y señala algunas condiciones durante la intervención de las FFAA (no restricción ni suspensión de derechos fundamentales), el plazo en que ésta debe realizarse (30 días calendario) y la obligatoriedad de información sobre lo acontecido. Esta ley fue reglamentada mediante Decreto Supremo N° 024-2005 DE/SG, del año 2005.
3. Cabe preguntarnos: ¿resisten estas normas un examen de constitucionalidad? Creemos que no, porque la Constitución le ha encargado el control o restablecimiento del orden interno a la Policía Nacional (artículo 166[1]) y a la Fuerza Armada la Defensa nacional (artículo 165[2]). Excepcionalmente, ha previsto que la Fuerza Armada se haga cargo del orden interno cuando el Gobierno decrete el estado de emergencia o el estado de sitio (artículo 137[3]). La Constitución no contempla otros supuestos de hecho de intervención de la Fuerza Armada en el control o restablecimiento del orden interno, y así lo ha señalado el máximo intérprete de la Constitución, el Tribunal Constitucional, y también lo ha advertido en su momento la Defensoría del Pueblo.
4. Ésa fue la interpretación de la Constitución hecha por la Defensoría del Pueblo, cuando interpuso ante el TC la demanda de inconstitucionalidad contra diversos artículos de la Ley N° 24150, modificada por el Decreto Legislativo N° 749 (Exp. N° 0017-2003-AI/TC). Así lo ha señalado también el Tribunal en dicha causa (que declaró fundada en parte la demanda de la Defensoría), donde desarrolló el rol de las Fuerzas Armadas durante Estados de Excepción.
5. En primer lugar, el TC sostiene en dicha sentencia que en un estado de "normalidad constitucional", es decir, en un ambiente en que las relaciones entre Estado y ciudadanía se sujetan "a pautas jurídicas previamente establecidas y de alcance general " (FJ 9 de la sentencia), la función principal de las FFAA, de acuerdo a la Constitución, es la defensa nacional y no la intervención o participación en el orden interno. El orden interno, función principal de la Policía Nacional, es calificado como "orden policial" y comprende tres aspectos:
La seguridad ciudadana -protección de la vida, el patrimonio, etc.-,
La estabilidad de la organización política -tranquilidad, quietud y paz pública, respeto a la autoridad pública- y,
El resguardo de las instalaciones y servicios públicos esenciales.
Que son, precisamente, los supuestos en los que apoya las FFAA a la Policía Nacional según la legislación en comentario.
6. El TC sostiene que cuando tal estado de "normalidad constitucional" desaparece o se ve alterado, surge una situación extraordinaria, en la que válidamente el Estado usará recursos excepcionales para eliminar los factores de la alteración de la normalidad. Ese recurso excepcional es la declaratoria del Estado de Excepción (de emergencia o de sitio), señalado en el artículo 137º de la Constitución y que justamente hace referencia a aquellas "competencias de crisis" (FJ 15).
7. Es en este escenario de estado de excepción y SÓLO en él, en que la propia Constitución le señalada funciones subsidiarias a las FFAA, según el ya mencionado artículo 137. Como se puede observar, la Constitución no contempla otro supuesto de participación -ni principal ni de apoyo-, como el previsto en la legislación bajo comentario (FJ 13, 15 y 16, 42).
8. Cabe mencionar también que cuando las FFAA, excepcionalmente, asumen el control del orden interno, toman el lugar que le corresponde -en situaciones de normalidad constitucional- a la Policía Nacional. Es decir, no supone una extensión de las competencias de las FFAA durante el estado de emergencia (FJ 70 y 71).
9. Como se observa, la declaratoria del Estado de Excepción (estado de emergencia o de sitio) es el paso necesario para que el Estado pueda adoptar medidas extraordinarias a fin de salvar situaciones de anormalidad constitucional. Por ende, según la interpretación del TC, el supuesto de hecho regulado por la Ley Nº 28222 y su reglamento, no están contemplados en el orden constitucional y, en consecuencia, resultan inconstitucionales.
10. Al prescindir de la declaratoria del Estado de Excepción, el marco legal en cuestión pretende evadir los controles que ejerce tal declaratoria sobre la actuación de las FFAA:
Que la actividad de las FFAA se despliegue en una zona donde exista o haya peligro inminente de una situación de anormalidad.
Que la actividad de las FFAA se desarrolle en un espacio territorial debidamente delimitado y específico.
Que la actuación de las FFAA sea controlada por el Congreso de la República. Cabe mencionar que el reglamento de la legislación cuestionada, si bien regula la entrega de información, ésta es sobre los hechos acontecidos que puede -por su falta de precisión- no incluir la actividad de las FFAA en relación a esos hechos. Además, dicho reglamento señala que tal información será otorgada previa autorización del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, lo que es un claro límite a la acción fiscalizadora del Congreso.
11. Sin perjuicio de las razones constitucionales ya señaladas, y que sustentan la vigencia del Estado Constitucional de Derecho (por las que consideramos que la legislación bajo comentario es inconstitucional), cabe preguntarse lo siguiente: ¿las huelgas, bloqueos de carreteras, marchas callejeras, desórdenes, enfrentamientos violentos y toma de algunos aeropuertos, constituyen los supuestos de hechos en los que la Policía Nacional se ve rebasada y, por ende, constitucionalmente es legítima la intervención de las FFFA para restablecer el orden interno? Creemos que sí, pero que lo constitucionalmente legítimo es que el Gobierno decrete el Estado de Emergencia en los lugares estrictamente necesarios y, de requerirse, disponer la intervención de las FFAA, sea en sustitución o en apoyo de la Policía Nacional.
12. Lo contrario, es abrir la puerta para inconstitucionales intervenciones de las FFAA en el mantenimiento o restablecimiento del orden interno. Es más, declarado el Estado de Emergencia, el Gobierno tiene -según la Constitución- la flexibilidad de determinar que la Policía Nacional siga al frente del mantenimiento del orden interno, y puede optar por no suspender derecho fundamental alguno.
13. En conclusión, a la luz de la jurisprudencia del TC, consideramos que la Ley Nº 28222 y su reglamento, el Decreto Supremo N° 060-2007-PCM, son inconstitucionales y abrigamos la esperanza que, en algún momento, el Tribunal Constitucional así lo declare expresamente. Asimismo, es lamentable que el Gobierno, a once meses de iniciada su gestión, esté recurriendo a las FFAA para restablecer el orden interno, en vez de haber retomado con seriedad la reforma y fortalecimiento de la Policía Nacional. Al parecer, el Gobierno aprista no ha aprendido de los errores del pasado que en su momento constató el Informe Final de la CVR: desentenderse de los problemas de orden interno y delegárselos a las Fuerzas Armadas, renunciando a su conducción política y por fuera del orden constitucional. (David Lovatón Palacios, Cruz Silva Del Carpio)
[1] Art. 166.- "La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. ... Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras."[2] Art. 165.- "Las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea. Tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República. Asumen el control del orden interno de conformidad con el artículo 137 de la Constitución."[3] 137.- "El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan: 1. Estado de emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo. En ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie.El plazo del estado de emergencia no excede de sesenta días. Su prórroga requiere nuevo decreto. En estado de emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República.2. Estado de sitio, en caso de...".
El martes 10 de julio fue publicado en El Peruano el Decreto Supremo N° 060-2007-PCM, que dispone la intervención de las Fuerzas Armadas (FFAA) en todo el territorio nacional por un plazo de treinta (30) días calendario, en los que apoyará a la Policía Nacional a "garantizar el funcionamiento de entidades, servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de la población afectada". En ese tiempo, se señala, la Policía Nacional mantendrá el control del orden interno.
La medida del Ejecutivo, no sólo resulta cuestionable por ser desproporcionada e inconstitucional (como se desarrolla en el presente artículo), sino que además, parece repetir los errores del primer Gobierno aprista (1985-1990) cuando, al enfrentar el terrorismo que amenazaba el orden interno, optó por delegar esa función a la Fuerza Armada y no asumir su responsabilidad y conducción política. A continuación, los argumentos por los que consideramos que la medida adoptada por el Gobierno es inconstitucional, a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC).
1. La medida adoptada se sustenta en un marco normativo vigente, que ha experimentado modificaciones en el tiempo y que ha pretendido regular la intervención de las Fuerzas Armadas en zonas no declaradas en Estado de Emergencia, en los siguientes supuestos:
· - Cuando se produzcan actos de terrorismo,
· - Cuando se produzcan atentados o ataques armados a entidades públicas o privadas o servicios públicos en los que se utilicen armamentos de guerra o artefactos explosivos, o
· - Cuando se descubran elementos suficientes de peligro real o inminente de su perpretación.
Además, que cualquiera de dichas situaciones sobrepase la capacidad operativa de la Policía Nacional. Consideramos que este marco legal es inconstitucional.
2. La primera norma que reguló tal intervención en zonas no declaradas en Estado de Emergencia fue el Decreto Legislativo N° 738, del año 1991. Posteriormente, este Decreto fue modificado por la Ley N° 25410 del año 1992. Luego, en el año 2004 la Ley N° 28222 modifica dicho marco legal y señala algunas condiciones durante la intervención de las FFAA (no restricción ni suspensión de derechos fundamentales), el plazo en que ésta debe realizarse (30 días calendario) y la obligatoriedad de información sobre lo acontecido. Esta ley fue reglamentada mediante Decreto Supremo N° 024-2005 DE/SG, del año 2005.
3. Cabe preguntarnos: ¿resisten estas normas un examen de constitucionalidad? Creemos que no, porque la Constitución le ha encargado el control o restablecimiento del orden interno a la Policía Nacional (artículo 166[1]) y a la Fuerza Armada la Defensa nacional (artículo 165[2]). Excepcionalmente, ha previsto que la Fuerza Armada se haga cargo del orden interno cuando el Gobierno decrete el estado de emergencia o el estado de sitio (artículo 137[3]). La Constitución no contempla otros supuestos de hecho de intervención de la Fuerza Armada en el control o restablecimiento del orden interno, y así lo ha señalado el máximo intérprete de la Constitución, el Tribunal Constitucional, y también lo ha advertido en su momento la Defensoría del Pueblo.
4. Ésa fue la interpretación de la Constitución hecha por la Defensoría del Pueblo, cuando interpuso ante el TC la demanda de inconstitucionalidad contra diversos artículos de la Ley N° 24150, modificada por el Decreto Legislativo N° 749 (Exp. N° 0017-2003-AI/TC). Así lo ha señalado también el Tribunal en dicha causa (que declaró fundada en parte la demanda de la Defensoría), donde desarrolló el rol de las Fuerzas Armadas durante Estados de Excepción.
5. En primer lugar, el TC sostiene en dicha sentencia que en un estado de "normalidad constitucional", es decir, en un ambiente en que las relaciones entre Estado y ciudadanía se sujetan "a pautas jurídicas previamente establecidas y de alcance general " (FJ 9 de la sentencia), la función principal de las FFAA, de acuerdo a la Constitución, es la defensa nacional y no la intervención o participación en el orden interno. El orden interno, función principal de la Policía Nacional, es calificado como "orden policial" y comprende tres aspectos:
La seguridad ciudadana -protección de la vida, el patrimonio, etc.-,
La estabilidad de la organización política -tranquilidad, quietud y paz pública, respeto a la autoridad pública- y,
El resguardo de las instalaciones y servicios públicos esenciales.
Que son, precisamente, los supuestos en los que apoya las FFAA a la Policía Nacional según la legislación en comentario.
6. El TC sostiene que cuando tal estado de "normalidad constitucional" desaparece o se ve alterado, surge una situación extraordinaria, en la que válidamente el Estado usará recursos excepcionales para eliminar los factores de la alteración de la normalidad. Ese recurso excepcional es la declaratoria del Estado de Excepción (de emergencia o de sitio), señalado en el artículo 137º de la Constitución y que justamente hace referencia a aquellas "competencias de crisis" (FJ 15).
7. Es en este escenario de estado de excepción y SÓLO en él, en que la propia Constitución le señalada funciones subsidiarias a las FFAA, según el ya mencionado artículo 137. Como se puede observar, la Constitución no contempla otro supuesto de participación -ni principal ni de apoyo-, como el previsto en la legislación bajo comentario (FJ 13, 15 y 16, 42).
8. Cabe mencionar también que cuando las FFAA, excepcionalmente, asumen el control del orden interno, toman el lugar que le corresponde -en situaciones de normalidad constitucional- a la Policía Nacional. Es decir, no supone una extensión de las competencias de las FFAA durante el estado de emergencia (FJ 70 y 71).
9. Como se observa, la declaratoria del Estado de Excepción (estado de emergencia o de sitio) es el paso necesario para que el Estado pueda adoptar medidas extraordinarias a fin de salvar situaciones de anormalidad constitucional. Por ende, según la interpretación del TC, el supuesto de hecho regulado por la Ley Nº 28222 y su reglamento, no están contemplados en el orden constitucional y, en consecuencia, resultan inconstitucionales.
10. Al prescindir de la declaratoria del Estado de Excepción, el marco legal en cuestión pretende evadir los controles que ejerce tal declaratoria sobre la actuación de las FFAA:
Que la actividad de las FFAA se despliegue en una zona donde exista o haya peligro inminente de una situación de anormalidad.
Que la actividad de las FFAA se desarrolle en un espacio territorial debidamente delimitado y específico.
Que la actuación de las FFAA sea controlada por el Congreso de la República. Cabe mencionar que el reglamento de la legislación cuestionada, si bien regula la entrega de información, ésta es sobre los hechos acontecidos que puede -por su falta de precisión- no incluir la actividad de las FFAA en relación a esos hechos. Además, dicho reglamento señala que tal información será otorgada previa autorización del Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, lo que es un claro límite a la acción fiscalizadora del Congreso.
11. Sin perjuicio de las razones constitucionales ya señaladas, y que sustentan la vigencia del Estado Constitucional de Derecho (por las que consideramos que la legislación bajo comentario es inconstitucional), cabe preguntarse lo siguiente: ¿las huelgas, bloqueos de carreteras, marchas callejeras, desórdenes, enfrentamientos violentos y toma de algunos aeropuertos, constituyen los supuestos de hechos en los que la Policía Nacional se ve rebasada y, por ende, constitucionalmente es legítima la intervención de las FFFA para restablecer el orden interno? Creemos que sí, pero que lo constitucionalmente legítimo es que el Gobierno decrete el Estado de Emergencia en los lugares estrictamente necesarios y, de requerirse, disponer la intervención de las FFAA, sea en sustitución o en apoyo de la Policía Nacional.
12. Lo contrario, es abrir la puerta para inconstitucionales intervenciones de las FFAA en el mantenimiento o restablecimiento del orden interno. Es más, declarado el Estado de Emergencia, el Gobierno tiene -según la Constitución- la flexibilidad de determinar que la Policía Nacional siga al frente del mantenimiento del orden interno, y puede optar por no suspender derecho fundamental alguno.
13. En conclusión, a la luz de la jurisprudencia del TC, consideramos que la Ley Nº 28222 y su reglamento, el Decreto Supremo N° 060-2007-PCM, son inconstitucionales y abrigamos la esperanza que, en algún momento, el Tribunal Constitucional así lo declare expresamente. Asimismo, es lamentable que el Gobierno, a once meses de iniciada su gestión, esté recurriendo a las FFAA para restablecer el orden interno, en vez de haber retomado con seriedad la reforma y fortalecimiento de la Policía Nacional. Al parecer, el Gobierno aprista no ha aprendido de los errores del pasado que en su momento constató el Informe Final de la CVR: desentenderse de los problemas de orden interno y delegárselos a las Fuerzas Armadas, renunciando a su conducción política y por fuera del orden constitucional. (David Lovatón Palacios, Cruz Silva Del Carpio)
[1] Art. 166.- "La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden interno. ... Garantiza el cumplimiento de las leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene, investiga y combate la delincuencia. Vigila y controla las fronteras."[2] Art. 165.- "Las Fuerzas Armadas están constituidas por el Ejército, la Marina de Guerra y la Fuerza Aérea. Tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, la soberanía y la integridad territorial de la República. Asumen el control del orden interno de conformidad con el artículo 137 de la Constitución."[3] 137.- "El Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, puede decretar, por plazo determinado, en todo el territorio nacional, o en parte de él, y dando cuenta al Congreso o a la Comisión Permanente, los estados de excepción que en este artículo se contemplan: 1. Estado de emergencia, en caso de perturbación de la paz o del orden interno, de catástrofe o de graves circunstancias que afecten la vida de la Nación. En esta eventualidad, puede restringirse o suspenderse el ejercicio de los derechos constitucionales relativos a la libertad y seguridad personales, la inviolabilidad del domicilio, y la libertad de reunión y de tránsito en el territorio comprendidos en los incisos 9, 11 y 12 del artículo 2 y en el inciso 24, apartado f del mismo artículo. En ninguna circunstancia se puede desterrar a nadie.El plazo del estado de emergencia no excede de sesenta días. Su prórroga requiere nuevo decreto. En estado de emergencia las Fuerzas Armadas asumen el control del orden interno si así lo dispone el Presidente de la República.2. Estado de sitio, en caso de...".
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