viernes, 9 de noviembre de 2007

LA FISCALÍA ACUSA Y PIDE 30 AÑOS PARA FUJIMORI


08 de noviembre del 2007

La Fiscalía Suprema en lo Penal acaba de presentar acusación contra Alberto Fujimori Fujimori por graves violaciones a los derechos humanos en los 4 casos objeto de la extradición en este terreno (ver acusación). No cabe duda que ésta es la acusación más compleja y más grave que la justicia ha hecho en su contra. Fujimori ha sido acusado como autor de los delitos de homicidio calificado, lesiones graves y secuestro. La Fiscalía ha pedido una pena de 30 años.

Para la Fiscalía, Alberto Fujimori es autor mediato en la matanza de Barrios Altos (noviembre, 1991), la desaparición y ejecución de nueve estudiantes y un profesor de la Universidad La Cantuta (julio, 1992) y el secuestro del periodista Gustavo Gorriti Ellebogen y el empresario Samuel Dyer Ampudia (1992). Tal imputación la formula a título de autor mediato por dominio de la organización.

El Ministerio Público, en su acusación, da cuenta de que está plenamente demostrado en el curso del proceso judicial la creación, hacia mediados de 1991, de un destacamento del Ejército peruano denominado Destacamento Colina, destinado a desarrollar una guerra de baja intensidad y cuyo objetivo era la eliminación física de presuntos subversivos integrantes de Sendero Luminoso y el MRTA. Señala la acusación que aquella organización (militar) constituía un aparato de poder estructurado jerárquicamente, en la cual existía una predisposición de los ejecutores para cometer hechos delictivos.

En este proceso –señala la acusación– la Fiscalía atribuye a Alberto Fujimori la condición de autor mediato por dominio de la organización (el destacamento Colina). Hay una intervención vertical en dichos delitos, en los que evidentemente se ha dado una división de funciones y una línea jerárquica en la organización, en cuya cúspide se encontró el ex Presidente de la República.

Agrega la Fiscalía Suprema que el extraditado Fujimori, luego de trazar y decidir la política de Estado de combatir la subversión usando los métodos de guerra de baja intensidad y eliminación, tuvo el dominio de la organización, ya que en esta estructura de poder organizado, su orden –sin necesidad de recurrir a la coacción o inducir a error, por la predisposición de los ejecutores– iba irremediablemente a ser cumplida, sin que sea necesario que el procesado Fujimori se reúna con los ejecutantes o que desarrolle un acuerdo común.

La Fiscalía sostiene que en el curso del proceso se encuentra suficientemente demostrado que las órdenes impartidas por el acusado Fujimori, siguiendo el plan trazado de lucha contra la subversión, efectivamente se materializaron en los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta, órdenes sin las cuales los militares del destacamento Colina jamás pudieron haber actuado.

Dentro de esa estructura vertical del grupo Colina resulta claro, afirma la acusación del Ministerio Público, que el jefe de la organización fue el ex presidente Fujimori. Además, señala que, por su jerarquía y dominio de la organización, sabía bien y estaba razonablemente enterado que su decisión inexorablemente se iba a materializar, sin importar la identidad de los ejecutores materiales de su orden. Fujimori tenía el control de los acontecimientos. A él le correspondía decidir si se llevaban a cabo o no las operaciones especiales.

Por su parte, los integrantes del destacamento Colina mantuvieron una relación de subordinación con su jefe Alberto Fujimori, y las órdenes eran transmitidas a través de una cadena de mando en la que su ex asesor Vladimiro Montesinos Torres era un eslabón destacado.

La acusación presentada por el Ministerio Público imputa a Fujimori la condición de jefe de una organización creada como parte del desarrollo de la estrategia contrasubversiva, con el objetivo de eliminar físicamente a presuntos integrantes de organizaciones subversivas.

Tal como ya se tiene conocimiento, la elevada responsabilidad de autor mediato de Fujimori, a criterio del Ministerio Público, lo hace merecer una sanción de 30 años pena privativa de libertad y la obligación de pagar como reparación civil cien millones de nuevos soles a favor de las víctimas de los casos Barrios Altos y La Cantuta, y trescientos mil nuevos soles a favor de Gorriti y Dyer.

Ahora, Fujimori debe enfrentar el conjunto más complejo y difícil de procesos judiciales por los que fue extraditado. Las pruebas que existen y de las que da cuenta la Fiscalía en su acusación señalan que su responsabilidad está demostrada.
(Carlos Rivera Paz)

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