viernes, 15 de enero de 2010

El Gobierno plantea suprimir la publicidad de cigarrillos en los medios

El Ejecutivo envió un proyecto que también prohíbe el consumo de cigarrillos en los centros de trabajo, restaurantes y discotecas.


 El Ejecutivo presentó hoy al Congreso una iniciativa legislativa que prohíbe el consumo de tabaco en todos los lugares de trabajo interiores o cerrados, sean privados o estatales, así como en bares, restaurantes, discotecas, cafés y otros, mientras que el Ministerio de Economía evalúa aumentar el impuesto a los cigarrillos.

El proyecto se plantea también que “en todo establecimiento público dedicado al esparcimiento o entretenimiento, tales como bares, restaurantes, discotecas, cafés y otros, se debe fijar un cartel en un lugar visible del local con la siguiente frase: “Ambiente 100% libre de consumo de tabaco”.

De igual manera, señala que las cajetillas de cigarrillos, y en general toda clase de empaque o envoltura de productos de tabaco, deben llevar impreso, en el 100% de una de sus caras principales, frases e imágenes de advertencia sobre el daño a la salud que produce el fumar.

La iniciativa también prohíbe los anuncios publicitarios de los productos de tabaco, así como la publicidad en medios gráficos: diarios, revistas y similares. Además, queda prohibida la publicidad directa o indirecta de productos de tabaco en medios de comunicación de televisión de señal abierta, radio u otro medio similar.

DATO

◦Ayer, el Ejecutivo publicó un decreto supremo que reduce el espacio para los fumadores y sanciona con multas que fluctúan entre los 360 y 36 mil soles para quienes fumen en lugares prohibidos
 
Reducen el espacio para los fumadores y habrá sanción hasta de S/.36 mil


Los locales públicos solo podrán destinar para personas fumadoras el 10% de su área total. Quien fueme en lugar prohibido, pagará S/.360.

El cumplimiento de las nuevas normas será supervisado por el Ministerio de Salud. (USI)

Las medidas para reducir el consumo de tabaco se están poniendo más severas. El gobierno publicó hoy un Decreto Supremo que dispone la aplicación de multas que fluctúan entre los 360 y 36 mil soles para quienes fumen en lugares prohibidos y con participación de menores, incluidas las unidades de transporte público. Hasta ahora, la aplicación de multas era potestad de cada municipio.

Asimismo, la norma establece la reducción de 20 a 10 por ciento el área destinado para fumadores en los centros laborales privados, restaurantes, cafés, bares, hoteles, centros deportivos y de entretenimiento.

Del mismo modo encarga al Ministerio de Salud, sus dependencias a nivel nacional y a las autoridades municipales y regionales, realizar las inspecciones correspondientes y mediciones periódicas de contaminantes en los referidos locales y establecimientos; y también sancionar a los infractores.

SANCIONES. La norma incluye una tabla de infracciones y sanciones. Así, quien fume en lugares prohibidos, incluidas las unidades de transporte público, será sancionado, por cada ocurrencia, con una multa de 360 soles (0.1 de la Unidad Impositiva Tributaria, UIT). Esta sanción es aplicable a las personas naturales y a las personas jurídicas con capital social menor o igual a 36 mil soles.

La persona natural que comercialice productos de tabaco con intervención de menores de 18 años de edad será sancionado con 4 UIT (s/.14,400) y la cancelación de la licencia de funcionamiento o de comercialización del establecimiento.

En caso el infractor sea una persona jurídica y con capital social mayor a 10 UIT, será sancionado con una multa de 36 mil soles y la cancelación de la licencia.


No hay comentarios.:

Publicar un comentario

NO AL RETROCESO DE LA POLÍTICA DE EDUCACIÓN INTERCULTURAL BILINGÜE

“Desde el gobierno de Sagasti venimos arrastrando recortes presupuestales a la Política de EIB, que tiene impacto directo en la formación y ...